viernes, 15 de junio de 2007

definicion del homicidio agravado


La acción típica en la figura del homicidio es la de matar a una persona, o sea, cuando se hace cesar la actividad del complejo orgánico vital del sujeto pasivo.
Si bien existen otros artículos del Código Penal en donde se prevé la muerte de una persona, se entiende que es una circunstancia que aumenta la responsabilidad penal del sujeto activo que comete la conducta típica. Por ejemplo, en el artículo 85 del Código se contempla, además del aborto, la muerte de la mujer embarazada durante el hecho, o sea, el aborto es la conducta típica y la muerte de la mujer es la circunstancia agravante. En otras palabras, el hecho principal no es el homicidio.
La doctrina generalmente admitida en Argentina para diferenciar el aborto del homicidio es la expuesta por el Prof. Dr. Enrique Bacigalupo, quien afirma que la vida extrauterina comienza con el período expulsivo, o sea, cuando hay dilatación completa del cuello del útero. En caso de parto por cesárea, la protección jurídica penal comienza desde la primera incisión.

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